Descripción
En el contexto de un Estado republicano de derecho del siglo XXI, el «decoro» solo puede significar deberes para el juez y, desde ya, no puede ser entendido como una fuente de exigencias de tratamiento especial a la persona del juez. El respecto que le debemos a los jueces es el mismo respeto que le debemos a cualquier otra persona.
No se trata de funcionarios de la corte de Luis XIV, se trata de agentes públicos que cumplen una función guiada por su estricto apego al derecho. No se trata de que se nos exija actuar como súbditos, se trata de recibir un trato digno por parte de un agente del Estado.
Autor: Alberto Bovino
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