Descripción
Y VERAS COMO QUIEREN EN CHILE, AL AMIGO CUANDO ES FORASTERO
Enrique Motto Arenas (Chito Faró)
Migrar, es el desplazamiento geográfico de individuos o grupos, generalmente por causas económicas o sociales; emigrar, es dicho de una persona que sale de su país, ciudad o pueblo para establecerse en otro; inmigrar, dicho de una persona que llega a un país extranjero para radicarse en él en busca de mejores medios de vida. En consecuencia el proceso de inmigración tiene dos aspectos fundamentales para las personas: Tomar la decisión de irse y el lugar donde instalarse.
En 1882, el Estado chileno asumió un papel protagónico en el proceso migratorio, creando la Agencia General de Colonización, institución que contó con el apoyo de la Sociedad de Fomento Fabril, cuyo objetivo central era estimular la industrialización.
Chile ha mantenido a través de su historia la atracción para personas que buscan nuevas oportunidades y que han entregado su aporte al desarrollo de la tierra que los acogió.
Podemos recordar a Vicente Pérez Rosales quien luego del proceso de independencia señaló:»¿Y qué decir ahora de las ideas que entonces se tenían sobre la importancia de la inmigración de extranjeros, como complemento de la gran obra con tantos sacrificios iniciada?».
El mismo autor asegura que:»En países como el nuestro es de todo punto indispensable la activa cooperación del elemento extranjero; poderosa entidad que al procurar enriquecerse, enriquece al país donde se asila (…)».
Cuánto le debemos a los inmigrantes. Cómo concebir Chile sin el aporte de los extranjeros que se radican aquí, y que siguen llegando, todos los días.
No los discriminaremos: Ya la Constitución Política de la República dispuso, en su articulo segundo, que tendrán un trato legal igual al de los nacionales. El articulo 19, a su turno, asegura el ejercicio de los derechos a que se refiere, a todas las personas, sin distinguir si se trata de chilenos o de extranjeros.
Por su parte, los artículos 5° del Código Penal y 14 del Código Civil dispusieron que la ley chilena es obligatoria para todos los habitantes de la República, incluso los extranjeros.
El 20 de abril de 2021 se publicó en el Diario Oficial N°42.934 la Ley 21.325, denominada Ley de Migración y Extranjería. Se trata de un intento de legislación orgánica del tema; deroga varios cuerpos legales, y modifica otros tantos.
Nuestra legislación, y esta ley en particular (Título XIII), también se ocupa de los chilenos en el exterior.
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