Descripción
La historia de la humanidad nos ha mostrado que al igual que la tierra; gira en círculo. Así las normas jurídicas creadas en la época romana, por ejemplo, veinte siglos después, las estudiamos con tal interés que parecieran escritas y aprobadas por el legislador en el tiempo presente.
La pretensión del nombre por crear norma jurídica acordes con la época, no es otra cosa que la adaptación de viejo derecho al lenguaje actual o las nuevas modalidades de conducta, específicamente en lo que se relaciona con los bienes. Si en la antigüedad el hurto se daba sobre ganado, bovinos o cabalgares, hoy se da sobre vehículos automotores, celulares, dinero electrónico. Lo que cambia entonces en el bien jurídico protegido; como se dice en el lenguaje penal, siendo la conducta la misma. En el homicidio se presenta el mismo fenómeno, otrora se llamaba asesinato, parricidio; hoy existe el feminicidio, como si las mujeres fueran una especie distinta del ser humano. Separamos, dividimos, pero el hecho es el mismo.
El derecho como tal, regular conductas humanas, relaciones humanas, conductas sociales y el objeto de ese derecho no es otro que los seres humanos; los mismos que han existido desde que se tiene noticia histórica y los que no han heredado lo que hoy somos; seres humanos.
Que nos hace diferentes a nuestros antepasados; los avances tecnológicos y la comodidad que hemos procurado para nuestro cuerpo, la mayor producción de bienes industriales y los avances en medicina. En lo político nada, los mismos gobernantes con la misma manipulación del poder y de los súbditos. Las pretendidas utopías siendo utopías. Siempre habrá gobernantes y gobernados, jueces y juzgado, víctimas y victimarios, acusados y acusadores, y el hilo conductor, que ata a todo es el mismo; el derecho, hoy escrito de una manera, mañana de otra.
Algunos grandes juristas, han entendido este fenómeno y nos han legado sus escritos con pretensión de atemporalidad. Toma Como fundamento Lo esencial del ser humano; su conducta, su comportamiento, sus pasiones, sus emociones y a partir de allí describen jurídicamente sus acciones, sin sujeción a las leyes específicas o temporales, sino, más bien a las leyes eternas, no divinas.
Esta colección, por tanto, tratará de recobrar algunos escritos que por su importancia y el aporte doctrinal de sus autores, se han convertido en lectura de referencia obligada porque pueden aplicarse en todas las épocas y legislaciones de las distintas sociedades dándoles así vigencia in perpetuum.
Autor: Pietro Ellero
Grupo Editorial Ibañez
Contenido: I. De las disciplinas criminales en general y especialmente de la crítica criminal; II. De la certeza y sus especies; III. De la certeza criminal; IV. De la certeza legal; V. De los medios de certeza, en primer término, de las presunciones; VI. De la verosimilitud; VII. De las pruebas en general, y especialmente de las perfectas; VIII. De las pruebas formales y esenciales; IX. De las pruebas simples y compuestas, inmediatas y mediatas, personales y reales; X. De las pruebas internas y externas, directas e indirectas, positivas y negativas; XI. De las pruebas de inculpación y de descargo, objetivas y subjetivas, intencionales y de ejecución, principales y accesorias; XII. De los indicios; XIII. Del indicio de la capacidad de delinquir; XIV. Del indicio del móvil para delinquir; XV. Del indicio de la oportunidad para delinquir; XVI. Del indicio de las huellas materiales del delito; XVII. Del indicio de las manifestaciones anteriores al delito; XVIII. Del indicio de las manifestaciones posteriores al delito; XIX. De los indicios de disculpa; XX. De la prueba indiciaria perfecta; XXI. Del testimonio; XXII. De los requisitos que dan validez al testimonio; XXIII. Del juramento de los testigos; XXIV. De la pluralidad de testigos; XXV. De los vicios que invalidan los testimonios; XXVI. De la confesión; XXVII. De la división de la confesión y de las demás pruebas testificales; XXVIII. De la prueba perfecta testifical; XXIX. De las pruebas reales; XXX. Del cuerpo del delito; XXXI. De la prueba real perfecta; XXXII. De los peritos; XXXIII. De la prueba pericial perfecta; XXXIV. De los documentos; XXXV. De la prueba documental externa; XXXVI. De la prueba documental interna; XXXVII. De las pruebas imperfectas; XXXVIII. Del cálculo probatorio; XXXIX. De la prueba intencional; XL. Del juicio criminal; XLI. De los aforismos de la crítica y de los cánones del juicio; XLII. Del sistema crítico adoptado y de la falibilidad de los juicios humanos.
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