Descripción
El presente texto se encuentra estructurado en seis partes:
LA PRIMERA PARTE contiene los primeros artículos de la Constitución Política de la República, donde se encuentran las bases que regulan la Seguridad Privada en Chile.
EN LA SEGUNDA PARTE se ha incorporado el Decreto Supremo N° 867, de 13 de junio de 2017, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, publicado el 17 de marzo de 2018, que dicta Reglamento sobre nuevos estándares para personas, personal y empresa que reciben servicios o realizan actividades de seguridad privada, y modifica decretos que indica. Establece uniforme único para los Guardias de Seguridad, suprime requisito de ser chileno para desempeñarse como Vigilante Privado o Guardia de Seguridad, exige haber cursado la educación media o su equivalente (no exigible a quienes a la época de publicación del reglamento se encuentra autorizado para ejercer sus funciones).
EN LA TERCERA PARTE se recopilan diversas disposiciones (leyes y decretos supremos) que versan sobre la Seguridad Privada, es decir, sobre los vigilantes privados, guardias de seguridad, porteros, rondines, nocheros y similares, empresas de transporte de valores, alarmas.
LA CUARTA PARTE contiene la normativa que regula los Guardias de Seguridad que prestan servicios en espectáculos de Fútbol Profesional.
LA QUINTA PARTE comprende la Ley N° 19.303, que estableció medidas mínimas de seguridad que deben adoptar los establecimientos que reciban, mantengan o paguen valores o dinero cuando los montos sean iguales o superiores a 500 UF (y, además, todas las estaciones de servicio o servicentros).
En LA SEXTA PARTE se incluye la Ley de Control de Armas y Elementos Similares y la resolución que regula el uso de elementos de autoprotección y los contratos de comodato.
Todas las disposiciones se encuentran debidamente actualizadas.
Autor: Edmundo Budinich Cortada
Gráfica Metropolitana
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